jueves, 10 de noviembre de 2016

Tarea de la unidad II: Introducción al derecho privado UAPA

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Tarea de la unidad II: Introducción al derecho privado UAPA

Introducción
A continuación, se podrán observar varias características y conceptos relacionados a las normas jurídicas y a las normas morales, son de suma importancia para la formación de valores de las personas dentro de la sociedad.
Al hablar de normas, ya sean jurídicas o morales, se hace referencia a una regulación de conducta, por medio de leyes o, como lo dice el nombre, por la propia moral de la persona, y por el temor de ser discriminada por la sociedad en ese sentido.
Se estarán detallando las diferencias entre las normas jurídicas y morales, conociendo la principal característica de cada tipo de norma.
Luego se podrán observar la coerción y coacción, al igual que las sanciones tanto en el ámbito jurídico como en el moral.
En el entorno de un estado existe una clasificación, relacionada a las personas jurídicas o sujetos del derecho. Estas personas se clasifican de manera general en 2: personas públicas y personas privadas.
A continuación, más detalles de lo anteriormente mencionado, destacando las diferencias correspondientes a cada concepto.
Luego de investigar en el libro básico de la asignatura: "Introducción al Estudio del Derecho" y demás fuentes complementarias, realicen la siguiente actividad: 
1. Elaboración de un cuadro comparativo en el que se destaque lo siguiente:

Normas Jurídicas
Normas Morales
Concepto
Son aquellas que tiene como objeto de regulación de la conducta para con los demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando las bases para su solución.
Son aquellas que tienen por finalidad el orientar al hombre hacia el bien, hacia la pureza, invitándolo a practicar el bien y a evitar el mal y no son obligatorias como las jurídicas sino que te sanciona la soledad.
Semejanzas
Se asemejan porque las dos orientan al hombre hacia el bien y tienen en común el aspecto regulador de la actividad humana.
Diferencias
Se diferencian en que las jurídicas son un conjunto de reglas dirigidas a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento conlleva una sanción y las morales son reglas que no conllevan sanción por su incumplimiento debido a que no están prescritas por una autoridad y se refiere al comportamiento y conducta del ser humano.



Diferencia entre:
Coerción
Coacción

Es algo semejante a una física o presión  psicológica que se ejerce sobre una persona para obligarla a decir o hacer algo contra su voluntad
Presión ejercida sobre alguien para forzar su voluntad o su conducta.
Diferencia entre:
Sanciones Jurídicas
Sanciones Morales

Las sanciones jurídicas se distinguen por su especial rigor y grado de formalización: están socialmente organizadas, cuentan con la posibilidad de recurrir al uso de la fuerza y disponen de órganos específicos de imposición.
Consiste en aprobación o desaprobación, recompensa o castigo que merece el incumplimiento o la violación del deber. En ética, él termino sanción es comúnmente asociado con pena, correctivo, condena y prohibición..




2. Elaboración de un esquema de la clasificación de las personas (sujetos del Derecho)
Clasificación de las personas:
De carácter público

El Estado:


Un concepto de nación puede ser el conjunto de personas unidas por lazos de religión, lengua y de cultura, con el objeto de procurar el bien común. La nación no es una persona jurídica, solo lo será cuando se haya organizado jurídicamente, es decir cuando se convierta en Estado. Creo que es una de las personas más representativas e importantes de carácter público.
Entidades jurídicas que componen el Estado:
Gozan de personalidad jurídica las provincias y municipios, estas son las llamadas entidades públicas territoriales.
Las iglesias:
Esta es muy interesante ya que la iglesia católica posee un privilegio especial. Solo la iglesia católica es persona jurídica de carácter público, por cuanto no requiere del reconocimiento por parte del Estado acerca de la adecuación de sus normas, en virtud de un convenio denominado “Modus vivendi”
Universidades:
Solo entran en esta categoría las universidades públicas o nacionales, creadas mediante decreto del ejecutivo nacional y adquieren personalidad jurídica con la publicación de dicho decreto. en este caso, la única universidad de nuestro país que tomaría carácter público es la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
Las Corporaciones:
Este tipo de personas jurídicas se ubican dentro del Derecho Privado, sin embargo es necesario aclarar que las corporaciones son personas jurídicas de Derecho Público debido a que deben su existencia a un mandato legal, ya sea para ordenar su creación o para reconocer su existencia, se caracterizan por el predominio de los intereses colectivos sobre los individuales.



Los demás cuerpos morales de carácter público:
Aquí se hace referencia a los institutos públicos e institutos autónomos creados por el Estado, al Banco Central Dominicano y también pudieran incluirse las fundaciones, asociaciones y sociedades públicas.


De Carácter Privado
Las Universidades  Privadas:
Estas para su existencia deben cumplir  con una serie de pautas contenidas en la Ley de Universidades y adquieren personalidad jurídica mediante la protocolización de su titulo jurídico, estatutos, solicitud y aprobación o autorización del Ejecutivo Nacional mediante decreto.
Personas morales de tipo asociativo:
Las asociaciones en sentido amplio son aquellos entes formados por personas que persiguen un fin común, para lo cual destinan un patrimonio de manera exclusiva y permanente. Se dice que tienen un sustrato real (patrimonio) y un sustrato personal (miembros de la persona asociativa). El CC señala tres tipos de asociaciones: las corporaciones, las sociedades y las asociaciones en sentido estricto.

Sociedades mercantiles creadas por particulares o donde el Estado tenga una participación minoritaria:
Se caracterizan porque persiguen un fin de lucro para sus miembros, son reguladas por el Código de Comercio.
Sociedades civiles:
Son aquellas que persiguen un fin de lucro para sus miembros, son reguladas por el Código Civil y demás leyes relacionadas con la materia.
Asociaciones particulares:
Estas no persiguen fines lucrativos para sus miembros, lo cual no impide al ente realizar actividades lucrativas. Sus objetivos pueden ser religiosos (Acá se ubican las iglesias de credos diferentes al católico), deportivos, científicos, culturales, etc.


Análisis
Según se pudo observar anteriormente, en primer lugar, las normas jurídicas y morales son de vital importancia para la formación de valores dentro de la sociedad de cada persona que convive en la misma. Estas normas se encargan de regular la conducta, lo que influye directamente en la prevención de conflictos y la adquisición de respeto de cada ser social.
Las sanciones relacionadas a cada tipo de norma, ayudan a tomar decisiones, cuya implementación se torna esencial para formar y regular correctamente el funcionamiento del orden social, tomando en cuenta las normas.
Muchas personas confunden los conceptos de coerción y coacción, lo cual es común, ya que estos están íntimamente relacionados, pero a su vez, tienen sus propias características. La coerción, desde mi punto de vista, se refiere más a forzar de manera física o psicológica a la persona, para tomar una decisión ocasional que sea de suma importancia para una consecuencia determinada mientras que la coacción es la formación y modificación un poco más permanente de la conducta, convirtiendo a la persona, desde  un punto de vista algo abstracto, en un robot, o máquina que responda forzosamente a situaciones que lo requieran.
Los sujetos del derecho son influyentes directamente en el orden social, ya que sin la clasificación de estos, ocurriría algún tipo de desorden a nivel nacional, lo que ocasionaría a largo plazo un déficit socioeconómico.



Conclusión
Al finalizar este trabajo de investigación y análisis, cabe destacar la importancia que poseen, tanto las normas jurídicas y morales como los sujetos de derecho, ellos forman parte importante de la organización de cualquier tipo de sociedad.
Según se pudo observar, el incumplimiento de las normas jurídicas puede traer graves consecuencias, debido a que éstas están implementadas de manera constitucional, por lo que exigen respeto a su cumplimiento. Las normas morales colaboran con la formación de las personas, valiéndose de su correcta forma de ser para encajar de manera positiva en la sociedad.
Las sanciones son importantes para la formalización de las normas, debido a que, si el incumplimiento de una norma no tiene sanción, no tendría sentido, porque la persona no le daría importancia a la misma norma, por lo tanto se han desarrollado distintos tipos de sanciones con respecto a este incumplimiento.
La subdivisión de las personas del derecho, tanto públicas como privadas, es crucial para mantener el correcto orden sin que se desequilibre el cumplimiento de las necesidades de quienes forman parte de esos grupos o personas.


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