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Tarea de la unidad II: Introducción al derecho privado UAPA
Introducción
A continuación, se podrán observar varias
características y conceptos relacionados a las normas jurídicas y a las normas
morales, son de suma importancia para la formación de valores de las personas
dentro de la sociedad.
Al hablar de normas, ya sean jurídicas o morales, se
hace referencia a una regulación de conducta, por medio de leyes o, como lo
dice el nombre, por la propia moral de la persona, y por el temor de ser
discriminada por la sociedad en ese sentido.
Se estarán detallando las diferencias entre las normas
jurídicas y morales, conociendo la principal característica de cada tipo de
norma.
Luego se podrán observar la coerción y coacción, al
igual que las sanciones tanto en el ámbito jurídico como en el moral.
En el entorno de un estado existe una clasificación,
relacionada a las personas jurídicas o sujetos del derecho. Estas personas se
clasifican de manera general en 2: personas públicas y personas privadas.
A continuación, más detalles de lo anteriormente
mencionado, destacando las diferencias correspondientes a cada concepto.
Luego
de investigar en el libro básico de la asignatura: "Introducción al
Estudio del Derecho" y demás fuentes complementarias, realicen la
siguiente actividad:
1. Elaboración de un cuadro comparativo en el que
se destaque lo siguiente:
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Normas Jurídicas
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Normas Morales
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Concepto
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Son
aquellas que tiene como objeto de regulación de la conducta para con los
demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando
las bases para su solución.
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Son
aquellas que tienen por finalidad el orientar al hombre hacia el bien, hacia
la pureza, invitándolo a practicar el bien y a evitar el mal y no son
obligatorias como las jurídicas sino que te sanciona la soledad.
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Semejanzas
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Se
asemejan porque las dos orientan al hombre hacia el bien y tienen en común el
aspecto regulador de la actividad humana.
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Diferencias
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Se
diferencian en que las jurídicas son un conjunto de reglas dirigidas a la
ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo
incumplimiento conlleva una sanción y las morales son reglas que no conllevan
sanción por su incumplimiento debido a que no están prescritas por una
autoridad y se refiere al comportamiento y conducta del ser humano.
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Diferencia entre:
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Coerción
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Coacción
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Es algo semejante a una física
o presión psicológica que se ejerce
sobre una persona para obligarla a decir o hacer algo contra su voluntad
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Presión ejercida sobre alguien
para forzar su voluntad o su conducta.
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Diferencia entre:
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Sanciones Jurídicas
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Sanciones Morales
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Las
sanciones jurídicas se distinguen por su especial rigor y grado de
formalización: están socialmente organizadas, cuentan con la posibilidad de
recurrir al uso de la fuerza y disponen de órganos específicos de imposición.
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Consiste
en aprobación o desaprobación, recompensa o castigo que merece el
incumplimiento o la violación del deber. En ética, él termino sanción es
comúnmente asociado con pena, correctivo, condena y prohibición..
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2. Elaboración
de un esquema de la clasificación de las personas (sujetos del Derecho)
Clasificación
de las personas:
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De
carácter público
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El Estado:
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Un concepto de nación puede ser el conjunto
de personas unidas por lazos de religión, lengua y de cultura, con el objeto
de procurar el bien común. La nación no es una persona jurídica, solo lo será
cuando se haya organizado jurídicamente, es decir cuando se convierta en
Estado. Creo que es una de las personas más representativas e importantes de
carácter público.
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Entidades
jurídicas que componen el Estado:
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Gozan de personalidad jurídica las
provincias y municipios, estas son las llamadas entidades públicas
territoriales.
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Las
iglesias:
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Esta es muy interesante ya que la iglesia
católica posee un privilegio especial. Solo la iglesia católica es persona
jurídica de carácter público, por cuanto no requiere del reconocimiento por
parte del Estado acerca de la adecuación de sus normas, en virtud de un
convenio denominado “Modus vivendi”
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Universidades:
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Solo entran en esta categoría las
universidades públicas o nacionales, creadas mediante decreto del ejecutivo
nacional y adquieren personalidad jurídica con la publicación de dicho
decreto. en este caso, la única universidad de nuestro país que tomaría
carácter público es la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
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Las
Corporaciones:
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Este tipo de personas jurídicas se ubican
dentro del Derecho Privado, sin embargo es necesario aclarar que las
corporaciones son personas jurídicas de Derecho Público debido a que deben su
existencia a un mandato legal, ya sea para ordenar su creación o para
reconocer su existencia, se caracterizan por el predominio de los intereses
colectivos sobre los individuales.
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Los
demás cuerpos morales de carácter público:
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Aquí se hace referencia a los institutos públicos
e institutos autónomos creados por el Estado, al Banco Central Dominicano y
también pudieran incluirse las fundaciones, asociaciones y sociedades
públicas.
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De
Carácter Privado
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Las Universidades Privadas:
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Estas para su existencia deben cumplir con una serie de pautas contenidas en la
Ley de Universidades y adquieren personalidad jurídica mediante la
protocolización de su titulo jurídico, estatutos, solicitud y aprobación o
autorización del Ejecutivo Nacional mediante decreto.
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Personas
morales de tipo asociativo:
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Las
asociaciones en sentido amplio son aquellos entes formados por personas que
persiguen un fin común, para lo cual destinan un patrimonio de manera
exclusiva y permanente. Se dice que tienen un sustrato real (patrimonio) y un
sustrato personal (miembros de la persona asociativa). El CC señala tres
tipos de asociaciones: las corporaciones, las sociedades y las asociaciones
en sentido estricto.
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Sociedades
mercantiles creadas por particulares o donde el Estado tenga una
participación minoritaria:
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Se
caracterizan porque persiguen un fin de lucro para sus miembros, son
reguladas por el Código de Comercio.
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Sociedades
civiles:
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Son
aquellas que persiguen un fin de lucro para sus miembros, son reguladas por
el Código Civil y demás leyes relacionadas con la materia.
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Asociaciones
particulares:
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Estas
no persiguen fines lucrativos para sus miembros, lo cual no impide al ente
realizar actividades lucrativas. Sus objetivos pueden ser religiosos (Acá se
ubican las iglesias de credos diferentes al católico), deportivos,
científicos, culturales, etc.
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Análisis
Según se pudo observar anteriormente, en primer lugar,
las normas jurídicas y morales son de vital importancia para la formación de
valores dentro de la sociedad de cada persona que convive en la misma. Estas
normas se encargan de regular la conducta, lo que influye directamente en la
prevención de conflictos y la adquisición de respeto de cada ser social.
Las sanciones relacionadas a cada tipo de norma, ayudan a
tomar decisiones, cuya implementación se torna esencial para formar y regular
correctamente el funcionamiento del orden social, tomando en cuenta las normas.
Muchas personas confunden los conceptos de coerción y
coacción, lo cual es común, ya que estos están íntimamente relacionados, pero a
su vez, tienen sus propias características. La coerción, desde mi punto de
vista, se refiere más a forzar de manera física o psicológica a la persona,
para tomar una decisión ocasional que sea de suma importancia para una
consecuencia determinada mientras que la coacción es la formación y
modificación un poco más permanente de la conducta, convirtiendo a la persona,
desde un punto de vista algo abstracto,
en un robot, o máquina que responda forzosamente a situaciones que lo
requieran.
Los sujetos del derecho son influyentes directamente en
el orden social, ya que sin la clasificación de estos, ocurriría algún tipo de
desorden a nivel nacional, lo que ocasionaría a largo plazo un déficit
socioeconómico.
Conclusión
Al finalizar este trabajo de investigación y análisis,
cabe destacar la importancia que poseen, tanto las normas jurídicas y morales
como los sujetos de derecho, ellos forman parte importante de la organización
de cualquier tipo de sociedad.
Según se pudo observar, el incumplimiento de las normas
jurídicas puede traer graves consecuencias, debido a que éstas están
implementadas de manera constitucional, por lo que exigen respeto a su
cumplimiento. Las normas morales colaboran con la formación de las personas,
valiéndose de su correcta forma de ser para encajar de manera positiva en la
sociedad.
Las sanciones son importantes para la formalización de
las normas, debido a que, si el incumplimiento de una norma no tiene sanción,
no tendría sentido, porque la persona no le daría importancia a la misma norma,
por lo tanto se han desarrollado distintos tipos de sanciones con respecto a
este incumplimiento.
La subdivisión de las personas del derecho, tanto
públicas como privadas, es crucial para mantener el correcto orden sin que se desequilibre
el cumplimiento de las necesidades de quienes forman parte de esos grupos o
personas.
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